El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León considera ilegal la decisión adoptada en 2022 por el exconsejero de Empleo, Mariano Veganzones, de Vox, por la que recortó a la mitad las subvenciones que recibían los sindicatos en la Comunidad por su participación institucional. El fallo reconoce de esta forma el derecho de CCOO –sindicato que presentó el recurso– a recibir una subvención de algo más de 1,2 millones. «La sentencia es tajante y sostiene que no hace falta recoger esas partidas en los presupuestos porque están garantizadas ya por ley», celebró el secretario autonómico de CCOO, Vicente Andrés, que aseguró que la sentencia establece con claridad la «legitimidad y la representatividad de los sindicatos» acorde con la Constitución y con leyes como la del Diálogo Social y, con ello, la financiación que corresponde a las organizaciones sindicales.
Sentencia que desde el PP achacaron a «la nefasta política» de Vox al frente de la Consejería de Industria; el Grupo Socialista pidió a la Junta «asumir responsabilidades» y que no la recurra; mientras que Vox exigió lo contrario, que se recurra, y avisó de que no van a parar «hasta que se retire hasta el último euro a los sindicatos». La decisión que el TSJ ha considerado ilegal fue anunciada en su momento por el propio Mariano Veganzones y el exvicepresidente Juan García-Gallardo, y que dejó herido de muerte del Diálogo Social con las consejerías que ocupaba Vox. «Con todas estas sentencias se empieza a desmontar todas aquellas actuaciones en las que iban contra los sindicatos, los derechos de las mujeres, los inmigrantes y de todos aquellos que no pensaban como ello», expuso Andrés.
El líder sindical, que compareció para anunciar el fallo del TSJ, recalcó que la sentencia es una gran noticia para el sindicato, dado que se restituye la legalidad y rechaza las actuaciones «unilaterales» e «ilegales» tomadas por Vox, pero también para la sociedad y las instituciones de Castilla y León. En este sentido, explicó que aunque Vox dejó fuera de los presupuestos de la Junta de 2023 las partidas de representatividad de los sindicatos, la sentencia deja claro que se trata de un derecho que no hace falta que esté presupuestado.
Esta sentencia contra las políticas de Vox, según Andrés, se suma a otra dos recientes. Una que declaró nulo el calendario laboral aprobado por Veganzones sin consultar con el Diálogo Social, y otra que declaró vinculante los acuerdos del Diálogo Social como en el caso de la eliminación de la orientación para los desempleados. «Se trata de un revés para las ilegalidades y las políticas de extrema derecha».
Reacciones en las Cortes
El fallo del TSJ se conoció mientras se desarrollaba una sesión plenaria en las Cortes en la que, precisamente, se rechazó la propuesta de Vox para modificar la composición del Diálogo Social. Desde el PP, Paloma Vallejo, solo manifestó que la sentencia se debe a «la nefasta política» de Vox en la Consejería que dirigió Mariano Veganzones, sin entrar en más detalles, mientras que la socialista Alicia Palomo exigió a la Junta que no recurra esta sentencia, que vio como «un triunfo» de los sindicatos y de quienes defienden la representación en el Diálogo Social. Palomo también reclamó la dimisión de todo el Ejecutivo regional para que se «depuren responsabilidades».
Por su parte, desde Vox, Carlos Menéndez instó a la Junta a que recurra la sentencia e interpreta que el alto tribunal habla de un «error formal». «Desde Vox no vamos a parar hasta que se retire hasta el último euro a los sindicatos CCOO, UGT y CEOE, no vamos a parar», concluyó Menéndez.
El razonamiento del tribunal
La sentencia recuerda que en este caso la exigencia de que las leyes de presupuestos recojan una subvención nominativa aparece en el artículo 16 de la Ley 8/2008, de 16 de octubre, para la creación del Consejo del Diálogo Social y regulación de la participación institucional, artículo que lleva la rúbrica fomento y financiación.
El tribunal asume que nada se indica sobre el importe de la mencionada subvención, por lo que no existe un derecho a percibir una importe concreto, ahora bien, recalca que "estas subvenciones nominativas se han concedido a la entidad recurrente en los ejercicios 2019 a 2022 en correlación a lo previsto en las correspondientes leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma para la participación institucional siendo el importe concedido en cada anualidad de 1.237.702 euros, de manera que, en cierta medida, se ha generado una expectativa económica a recibir esa cantidad por parte del sindicato recurrente".
En este contexto, el TSJCyL expone: "Ciertamente ningún impedimento normativo hubiera impedido a la Administración demandada modificar ese importe, pero habría sido necesario motivar o exponer las razones que justifican la necesidad de proceder a este cambio".
"Teniendo en cuenta que en este caso no consta ninguna razón o justificación que abogue por reducir o por limitar el montante económico, procede reconocer el importe reclamado, más la actualización anual correspondiente conforme al IPC, que coincide con el que se venía reconociendo en años anteriores".