La Audiencia Provincial de Soria rechaza revisar la condena a un agresor sexual y le mantiene la pena de cinco años de prisión determinada en 2021. Tal y como figura en el auto, la representación procesal del condenado solicitó la reducción de la pena impuesta, adecuándola a la nueva redacción dada al artíuclo 179 del Código Penal, por la LO 10/2022 de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual. El Ministerio Fiscal y la acusación particular se opusieron a la revisión. La sentencia de la Audiencia Provincial de Soria de mayo de 2021 fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y león en septiembre. El agresor sexual cometió el delito de violación hallándose la víctima privada de sentido por el efecto de la ingesta de alcohol.
"No procede a la revisión de la pena impuesta pues tanto en una como en otra regulación la pena mínima prevista lo es de cuatro años de prisión y en el caso que nos ocupa, pese a no concurrir circunstancias modificativas, expresamente se excluyó por la Sala que debería ser condeando a la pena mínima del precepto penal [...] lo que impide que se deba revisar la condena", tal y como figura en el auto de la Audiencia Provincial.