Personas con discapacidad, por ley

N.Z.
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En Soria, según los últimos datos del INE, 99 de cada 1.000 habitantes presentan alguna discapacidad y se verán afectados por la reforma del artículo 49 de la Constitución

Personas con discapacidad, por ley - Foto: E.G.M

Persona con discapacidad. Ni disminuido, ni minusválido, ni subnormal. Porque el lenguaje importa, y define la realidad. 

La Constitución Española utilizaba hasta 'anteayer' el término peyorativo de 'disminuido' para referirse a quienes tienen un grado u otro de diversidad funcional. Pero, desde hace unos días, este término ha sido desterrado. Por ley. De hecho, por la ley suprema, la ley de leyes del ordenamiento jurídico español, lo que evidencia que las personas con discapacidad pueden llegar lejos, incluso a cambiar la norma más importante del Estado.

El pasado sábado, 17 de febrero, entró en vigor la reforma de la Constitución Española, la tercera de la historia, que alude a la modificación del artículo 49 de la Constitución Española y, por tanto, a las personas con discapacidad. Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el texto queda redactado en los siguientes términos: «Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título [Título I. De los derechos y deberes fundamentales] en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio». «Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad».

Personas con discapacidad, por leyPersonas con discapacidad, por ley - Foto: E.G.MSe acaba así con la anterior redacción, que aludía textualmente a «los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos». Y se da así la bienvenida a un 'nuevo' argumentario constitucional que se adapta en lenguaje y contenido a la realidad actual y a la terminología internacional y, más allá de las palabras, supone -debe suponer- un paso al frente para proteger los derechos -que son derechos humanos- de las personas con discapacidad, para que puedan ser libres e iguales. 

La modificación, la tercera desde la entrada en vigor de la Constitución en 1978 pero la primera de contenido social, cabe recordar, se aprobó el pasado 18 de enero por el pleno extraordinario del Congreso por 312 votos a favor y 32 en contra. Tras su trámite parlamentario, está ya en vigor. En Soria, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) relativos a 2020, 99 de cada 1.000 habitantes presentan alguna discapacidad y se verán por tanto afectados por este cambio. Dos de ellos explican cómo les atañe.