España es el país con mayor número de ascensores, con 19,8 por cada mil personas. El 1 de enero cambiará la normativa para mejorar la seguridad, sobre todo de los de más de 30 años, en base a la 'Instrucción Técnica Complementaria (ITC) de Ascensores' del Ministerio de Industria. La normativa obligará a muchas comunidades de vecinos a ponerse al día con los requerimientos de las inspecciones técnicas si no quieren que los ascensores queden en desuso.
La provincia de Soria cuenta con 2.818 ascensores operativos y la nueva ITC afecta al total del parque, según datos de la Federación Empresarial Española de Ascensores. La nueva normativa «incorpora cambios administrativos, definición de las responsabilidades, obligaciones y derechos de titulares y de empresas mantenedoras». También obliga a aproximar las seguridades del parque de ascensores existente al parque más moderno. De esta manera, implica cambios técnicos que pueden acarrear inversiones cuantiosas a realizar en los ascensores a particulares, comunidades de vecinos, empresas...
Aunque no hay un dato oficial de los elevadores de más de 30 años en Soria, desde esta asociación aseguran que aproximadamente un 35% del total se verán afectados por la nueva ITC y requerirán una inversión, lo que corresponde a en torno a mil ascensores. «No todos los que tienen más de 30 años se verán necesariamente afectados, no es una línea que defina claramente los que se deberán modificar», indican subrayando que sí que influirán cuestiones como tecnología, características, tipo de tracción, tipología de puertas, antigüedad, posibles reformas ya efectuadas (algo muy frecuente) y estado de conservación.
Alfredo de Marco, de Ofimática de Marco, explica que en Soria hay un parque elevado de ascensores antiguos y que la nueva ITC«no obligará a cambiarlos, sino a modernizar maniobras, variadores de frecuencia y motores». «Sobre todo, afectará a los ascensores eléctricos de una sola velocidad, porque tendrán la obligación de cambiar la maniobra entera, aunque el motor no será obligatorio», concreta el técnico. La maniobra se explica como la electrónica del ascensor, la que organiza y hace funcionar las órdenes de subida y bajada, «todo lo que son placas electrónicas, pulsadores, condensadores...». Los ascensores hidráulicos se librarán, afectando a los eléctricos de una velocidad, insiste. Y los que se han instalado hace seis años «ya vienen aplicando la normativa vigente».
desembolso. Para algunas comunidades de propietarios sí supondrá un desembolso importante de dinero, reconoce el instalador, que no ofrece cifras al respecto. Así, serán los más perjudicados por este cambio de normativa. Hasta el 1 de julio no entrará en vigor y será desde Industria, a través de organismos de control autorizados, realicen las revisiones e inspecciones para que las casas mantenedoras realicen las reparaciones indicadas. «Son los que indican todas las reformas que los mantenedores realizaremos, los que deciden lo que hay que cambiar y cómo hacerlo, además de las fechas», indica.
Cabe recordar que las revisiones de los ascensores, según la ley, es cada dos años en el caso de edificios industriales o de pública concurrencia, cada cuatro años en bloques residenciales de más de 20 viviendas o más de cuatro plantas y cada seis años en el resto. Aún no hay inquietud en las comunidades de vecinos porque depende de la antigüedad de los ascensores, según los administradores consultados, como Mayfer, pero sí que deberán tener en cuenta la mejora de la seguridad y que se fiscalizará el mantenimiento. No es que los ascensores que deban mejorarse no cumplan la normativa, sino que deberán actualizarse para una mayor seguridad en función de esta normativa más exigente.
De esta manera, en infracciones leves habrá un plazo de seis meses para revisar las deficiencias y se exigirá a las comunidades que no tengan el manual del ascensor que se pongan al día con este documento que ofrece información completa de los elevadores. Entre las medidas, se contempla mejora de la nivelación, detección en puertas por cortinillas y no solo por haz de luz puntual para evitar atrapamientos de las puertas de cabina o la protección de usuario contra movimientos ascendentes incontrolados de la cabina o de la cabina en reposo y puertas abiertas.
Otras novedades de la ley son la comunicación bidireccional en la cabina, la implementación de dispositivos de control de carga y la modernización del contrapeso. Para la puesta en servicio, el titular o responsable representará ante el órgano competente de la comunidad autónoma la documentación (ficha de instalación, contrato de mantenimiento, certificación de inspección favorable...).